
¡Arrestemos a los padres de los hijos que hacen bullying, que se acaba el mundo!
Opinión17/12/2025
Redacción El Caudillo


Una inaudita onda expansiva de judicialización del bullying en Salta produjo la presentación de dos proyectos legislativos de mano dura. Uno, en Senadores y el otro en Diputados. Se propone la modificación del Código Contravencional y aplicar arresto de 30 días a los padres de los hijos, inclusive a sus tutores, violando la cultura jurídica vigente ya que el debido proceso argentino no admite la responsabilidad penal vicaria. Es decir, que los que tienen la patria potestad de los niños o adolescentes, vayan presos en cuenta de los chicos que por ser inimputables, no sufren prisión.


Como la tradición jurídica salteña no acostumbra a poner las cosas en su lugar por medio del debate, seguramente habrá mutis por el foro por aquí y alguna obediencia debida por allá.
Estos dos proyectos son una redundancia legislativa. El fenómeno del bullying ya fue abordado y tratado por la ley provincial 8.406/23. Es una norma constitucional, moderna y toma el concepto de bullying que acoge, en el 2014, la ONU, y adoptó Unicef. Éste organismo lo describe como acoso escolar y una forma de violencia entre pares. Ello implica conductas de persecución física y/o psicológica, realizadas de manera negativa, continua e intencionada contra un estudiante. Se trata de un fenómeno que afecta a niños, niñas y adolescentes en todo el mundo, con consecuencias graves para la autoestima, la salud emocional y el desarrollo social. Como se lee, en ningún momento Unicef lo toma desde la responsabilidad penal vicaria.
Castigar a los padres por el bullying de sus hijos sería una forma de responsabilidad objetiva y colectiva, prohibida por el artículo 18 de la Constitución y por el sistema de derechos humanos.
Por lo visto, los legisladores entusiastas con la idea, no advierten que se viola el principio de culpabilidad y de personalidad de la pena.
Los defensores de los niños y adolescentes en Salta, tampoco desean debatir contra esta ilegalidad flagrante.
Arrestar a los padres no resuelve el conflicto escolar ni la conducta del chico. Al contrario, genera más desestructuración familiar y vulnera derechos de los propios niños.
Y para agravar el silencio y/o la indiferencia por la transgresión a la seguridad jurídica de los chicos, tampoco los pedagogos y psicólogos proponen otra agenda superadora para el problema.
Desde la psicología clínica infanto-juvenil, el bullying es una expresión que muestra dinámicas inconscientes y relacionales. Como los legisladores no tienen ni siquiera un precario asesoramiento en salud mental sobre las infancias, solo se fijan que el problema es una violencia repetida en la escuela y hay que desterrarla, disuadiendo a los padres y tutores con el arresto.
Pero no todo está perdido en la salud mental salteña. La Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia está en el trabajo creativo con los chicos.
Cuenta con un programa de prevención que aplicó este año. Consistió en la formación de 200 operadores antibullying en ocho escuelas de las zonas norte y centro de la ciudad de Salta para que tengan ambientes seguros y respetuosos, en concordancia con la ley 8.406. La Secretaría ofrece también líneas de denuncia y asesoramiento gratuito para víctimas y familias.
En el terreno buscó que sean los alumnos los que logren que sus aulas estén libres de bullying. Fueron organizados en la comprensión de que el fenómeno es la puesta en escena de un conflicto interno que no encuentra simbolización y que se repite en contra de los compañeros.
Se abordó lo básico del problema y mejor que los legisladores castigadores de la psicología del bullying, los chicos aprendieron que es una necesidad de reconocimiento y pertenencia y se canaliza en la humillación del otro.
Los senadores y los diputados que redactaron sendos proyectos, quieren modificaciones a la esencia jurídica de la norma provincial sobre el bullying. Esto es que la ley 8.406 (de convivencia escolar) abandone su filosofía restaurativa y preventiva, y termine siendo punitivista.
¿Qué principios básicos tiene la 8.406? Se promulgó para resolver los conflictos en la escuela por la mediación, el diálogo y la participación comunitaria. Aspira a promover la convivencia pacífica y la inclusión; evitar la judicialización de los conflictos escolares; reconocer que los problemas de violencia escolar son fenómenos sociales y educativos y, llegado el extremo, interviene la justicia proponiendo solo obligaciones comunitarias y/o económicas a los padres y/o tutores.
Por su parte, Unicef con filosofía humanista, protección integral y prevención comunitaria, inspiró a nuestra ley provincial que, a su vez, responde al paradigma de una norma nacional similar.
La ley 26.892/13 establece el marco para la promoción de la convivencia pacífica y abordaje de la conflictividad social en las escuelas, enfocándose en la prevención y tratamiento del acoso escolar, con programas educativos, capacitación a docentes y la creación de protocolos de actuación.
Esta legislación que propone la responsabilidad penal vicaria, seduce a los incautos con el populismo punitivista. Por su parte, los profesionales ad hoc en la materia que la conocen muy bien, hacen un silencio táctico. Así las cosas, falta el debate en la sociedad salteña para saber si acepta o rechaza la reforma represora. En este contexto, el cumplimiento de los derechos de los chicos se distorsiona introduciendo la responsabilidad penal vicaria a sus padres.
En Salta, sin dudas, cuesta entender que cada niño es un ser en desarrollo, y la respuesta debe ser educativa, inclusiva y protectora, nunca represiva.


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