



Antes de la reforma del Código Civil y Comercial en 2015, para poder divorciarte necesitábamos causas justificables: infidelidad, testigos, fotos, pruebas.


Hoy, eso cambió. El divorcio puede solicitarse de forma unilateral o bilateral, es decir, ya no es necesario el consentimiento de ambas partes. Cualquier cónyuge que desee divorciarse puede iniciar el trámite por su cuenta.
Requisitos para iniciar un divorcio unilateral:
- Demanda judicial presentada por uno solo de los cónyuges
- Propuesta de convenio regulador, donde se plantee cómo se resolverán aspectos como:
- Distribución de bienes (si los hay)
- Régimen de comunicación con los hijos
- Responsabilidad parental (custodia, alimentos, educación)
- Uso de la vivienda conyugal
La propuesta es obligatoria, aunque el otro cónyuge no esté de acuerdo. Será analizada por el juez.
¿Qué documentación necesitás?
- Acta o libreta de matrimonio
- DNI del solicitante
- Partidas de nacimiento de los hijos, si los hay
- En caso de bienes gananciales: escrituras, títulos, contratos, etc.
También te asistiremos en la preparación de la propuesta de convenio regulador, para dejar todo por escrito.
¿Se necesita el consentimiento del otro cónyuge?
No. El divorcio puede ser iniciado por uno solo. El otro será notificado y podrá presentar su postura o una propuesta alternativa sobre los puntos tratados en el convenio.
Sobre los bienes gananciales
Los bienes adquiridos durante el matrimonio no se dividen en la sentencia de divorcio. Pero las partes deben manifestar su intención de iniciar la liquidación del régimen patrimonial.
Si no hay acuerdo, se abre una etapa posterior para dividir los bienes. Esta puede incluir:
- Tasaciones
- Pericias
- Audiencias
Conflictos en divorcios bilaterales con bienes
Cuando no hay acuerdo sobre la división de bienes, se puede iniciar un proceso contencioso para:
- A. Determinar el valor y titularidad de cada bien
- B. Resolver la adjudicación con intervención judicial
¿Qué pasa si hay hijos?
Si hay hijos menores, el convenio regulador debe incluir:
- Cómo se ejercerá la responsabilidad parental
- Régimen de comunicación
- Cuotas alimentarias
- Educación, salud, vivienda, viajes, etc.
El juez siempre prioriza el interés superior del niño. Puede rechazar cualquier acuerdo que no lo respete.
Homologación del convenio
Si ambas partes llegan a un acuerdo sobre bienes, hijos y demás aspectos, el juez lo homologa en la sentencia.
Si no hay acuerdo, el juez resolverá según lo que corresponda por ley, sobre todo en temas urgentes como alimentos o custodia.
¿Se puede evitar un juicio?
Sí. Es posible recurrir a una mediación previa, especialmente cuando hay conflictos sobre bienes o hijos. La mediación busca lograr un acuerdo antes o durante el juicio.
Acordate: lo ideal es tener toda la documentación en orden.
Y sobre todo: la libertad no tiene precio.
Dra. Mariela Susana Vargas
Abogada · Escribana · Mediadora · Corredora Inmobiliaria
Especialista en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Diplomada en Protección Juvenil y Violencia de Género
Turnos: 387 4413101


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